En la antesala de la tercera edad, y ante posibles discapacidades futuras, puede resultar de gran utilidad que las personas mayores y los cónyuges se protejan mediante la utilización de dos instituciones jurídicas: la denominada autotutela, y el otorgamiento de un poder muy amplio—de los llamados coloquialmente de ruina—recíproco de los dos cónyuges, y con una cláusula que permita al apoderado la utilización de tal poder y de las facultades concedidas en él, aún en el supuesto de que el poderdante se encuentre en un momento determinado en situación de incapacidad psíquica que le impida decidir por si mismo.

Mediante la autotutela podemos decidir ahora, cuando estamos en plenas facultades, qué persona o personas quisiéramos que, en un futuro, si lo precisáramos, fueran nuestros tutores, y esto haría posible que, llegado el momento, el Juez encargado de nombrarnos tutor aceptara para el cargo a la persona o personas que nosotros mismos hubiéramos designado.

El poder recíproco, otorgado en las condiciones anteriormente indicadas, posibilita al cónyuge, aunque el poderdante esté en situación de incapacidad y no pueda decidir por sí mismo, a realizar en su nombre todos los actos jurídicos descritos como facultades en el poder, evitando así situaciones que se dan con frecuencia en la actualidad, en las que uno de ellos precisa ingresar en una residencia, o contratar enfermeras permanentes, o cualquier otro servicio que para sufragarlo haga imprescindible la venta de alguno de sus activos; en tal caso, con el poder otorgado, tal y como se ha indicado, puede el otro cónyuge enajenar bienes privativos del necesitado, o comunes, con los que hacer frente al costo de los servicios de que se trate, sin necesidad de obtener una declaración previa de su incapacidad, ni de, posteriormente, obtener autorización judicial para poder vender sus bienes.

Con el poder se pueden llevar a efecto tales actos sin necesidad de cualquier otro requisito.

Se trata de dos instrumentos jurídicos cuyo costo es muy moderado, y que pueden recovarse en cualquier momento, o modificarse convenientemente.

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