La sentencia del Tribunal Supremo de fecha 4 de marzo de 2020 declaró la nulidad del contrato de tarjeta de crédito entre las partes por existir un interés remuneratorio usurario, en consecuencia se condena al demandado a abonar al actor la cantidad que exceda del total del capital prestado teniendo en cuenta todas las cantidades ya abonadas por todos los conceptos por el actor, más los intereses legales de dicha cantidad desde la interposición de la demanda y hasta la fecha de la sentencia, y desde ésta y hasta el completo pago, los fijados en el artículo 576 de la LEC.