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ESTIMACIÓN DE LA CAUTELA SOCINI TESTAMENTARIA

Sentencia del T.S. de fecha 21 de abril de 2.015 reitera la doctrina de estimación de la cláusula socini en un supuesto en que la impugnante dirige su actuación a combatir el ámbito distributivo y dispositivo ordenado por la testadora, de forma que incurre en la prohibición frontal inserta en el testamento, por lo que debe producirse el acrecimiento de los derechos hereditarios a favor de los restantes herederos  y atribución de la legítima estricta al beneficiario impugnante.

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