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NULIDAD DEL ACUERDO POR EL QUE SE INUTILIZA EL SERVICIO DE PORTERO AUTOMATICO

Es nulo el acuerdo que contraviene lo dispuesto en la ley 19/1999  de la Comunidad de Madrid, que impone la obligación de dejar expedita la  salida del inmueble  por el único paso existente al exterior, por lo que no se puede adoptar el acuerdo de suprimir el  uso Del mecanismo del portero automático y cerrar don llave el portal

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Accidentes de Tráfico