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RESPONSABILIDAD DE ASEGURADORA POR AUSENCIA O DEFECTO DEL PRECEPTIVO CONSENTIMIENTO INFORMADO

La Sección 14 de la Audiencia Provincial de Madrid, en sentencia de fecha 11 de noviembre de 2.011, se decanta por la responsabilidad de la aseguradora cuando el médico o el Hospital incumplen. o lo hacen defectuosamente, el deber de cumplimentar el consentimiento informado.

El contrato de seguro médico no solo incluye la  garantía de que se va a recibir asistencia sanitaria, sino también las posibles negligencias que se produzcan en el ámbito de la relación de contrato de asistencia médica, y el consentimiento informado es uno de los deberes propios de la lex artis, y su incumplimiento, como en cualquier otra infracción de la lex artis, puede generar responsabilidad hacia la Compañía Aseguradora de Asistencia Sanitaria.

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Accidentes de Tráfico