La A.P. de Sevilla, Secc. 5ª, en sentencia de fecha 9 de julio de 2.013, y la de la A.P. de Toledo, Secc. 1ª, de 2 de octubre de 2.013, consideran un ejercicio abusivo del derecho por parte del heredero que ocupa  la vivienda de los causantes, sin el consentimiento del resto de coherederos, estando la herencia indivisa, excluyendo del uso y posesión  a su hermana, y sin pagar renta, lo que le coloca en situacion de precario